¿Quién es el Fiscal Ramiro González?
Ramiro González lidera investigaciones federales en causas penales, ambientales y electorales desde 2004.
Ramiro González es un fiscal federal con actuación en tres áreas centrales del Ministerio Público Fiscal de la Nación: el fuero penal federal, la competencia electoral y la investigación penal ambiental. Su desempeño actual incluye la titularidad de la Fiscalía Federal N.º 7 de la Capital Federal, el ejercicio del cargo de fiscal en la Fiscalía Federal N.º 1 con competencia electoral ante la Cámara Nacional Electoral, y la dirección de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional.
Su ingreso al Ministerio Público Fiscal como fiscal federal se produjo en el año 2004, tras haber aprobado el Concurso N.º 21 y ser designado mediante decreto del Poder Ejecutivo. Su labor inicial fue en la Fiscalía Federal de Dolores, hasta el año 2012 cuando asumió su actual posición en la Fiscalía Federal N.º 7. En el marco de esta última, ha intervenido en causas vinculadas con delitos económicos, lavado de activos, narcotráfico, hechos de corrupción y otras figuras tipificadas por el Código Penal, que por su materia se encuentran fuera de la competencia de los tribunales ordinarios y su tramitación corresponde a la jurisdicción federal.

La responsabilidad de la fiscalía incluye la investigación de posibles delitos que caen bajo el ámbito de su competencia, el control de legalidad de la instrucción, la dirección de medidas probatorias y la articulación con organismos técnicos, todo ello bajo los principios de objetividad, legalidad y autonomía funcional.
De forma paralela, Ramiro González encabeza la UFIMA, una unidad creada en 2006 para intervenir específicamente en casos de presunto delito ambiental. Esta unidad investiga hechos que puedan constituir infracciones penales a normas como la Ley 24.051 sobre residuos peligrosos o la Ley 22.421 de protección de la fauna, entre otras disposiciones.
Su tarea es de naturaleza estrictamente penal, diferenciándose en sus funciones de otros organismos de naturaleza administrativa, como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (el organismo de mayor jerarquía a nivel nacional en materia ambiental, cuyas funciones son establecer y ejecutar políticas ambientales a nivel nacional, incluyendo la promoción de programas y proyectos orientados a la preservación ambiental); el Consejo Federal de Medio Ambiente -COFEMA (se trata de un organismo interjurisdiccional que coordina la política ambiental en todo el país y está integrado por los organismos ambientales locales de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además del Ministerio de Ambiente de la Nación antes referido); y de otros organismos provinciales como los ministerios o secretarías de ambiente locales y organismos específicos (como el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires -OPDS- o el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente -ICAA-) y hasta municipales (que se encargan, por ejemplo, de temas como recolección y gestión de residuos comunes urbanos, control de la contaminación local por ruidos o efluentes, arbolado urbano, gestión de permisos para actividades comerciales e industriales que pudieran tener un impacto local, etc.).
Así, la fiscalía interviene cuando se presume una afectación al ambiente con consecuencias para la salud pública o el patrimonio natural, que pueda ser resultado de una acción tipificada en el Código Penal o las leyes especiales como delito.
Desde 2021, Ramiro González ejerce además la función interina de fiscal electoral en la Fiscalía Federal Nº 1.
El fiscal Ramiro González ha intervenido en los procesos electorales nacionales de 2021, 2023 y 2025, participando en la habilitación de canales de denuncia, dictaminando sobre la personería jurídica de los partidos políticos y sus procesos internos, controlando la legalidad del proceso electoral y coordinando tareas con el Comando Electoral. Su participación ha incluido la emisión de dictámenes técnicos en apelaciones de internas partidarias, así como la formulación de observaciones sobre símbolos electorales.
Su función en el fuero electoral no es política, sino que consiste en la aplicación de la legislación vigente y la promoción del cumplimiento de las normas, dictaminando ante el Juzgado Electoral de Capital Federal y la Cámara Nacional Electoral. A lo largo de su carrera, se ha caracterizado por su perfil institucional técnico, evitando la exposición pública, sin emitir opinión sobre causas en trámite.